Define a la telemedicina como la práctica de la Medicina mediante el uso de metodologías interactivas de comunicación y datos audiovisuales, con el objetivo de asistencia, educación e investigación en Salud. No trata el asunto de manera amplia y sin restricciones y no tiene requisitos expresos o permisivos para la consulta médica remota de naturaleza ordinaria. En caso de emergencia, o cuando lo solicite el médico responsable, el médico que emite el informe a distancia podrá brindar el apoyo diagnóstico y terapéutico adecuado.
Sobre el uso de Whatsapp
Autoriza el uso de la telemedicina mientras dure la crisis provocada por el coronavirus (SARS-CoV-2). Se determina que La prestación de los servicios de telemedicina seguirá los estándares normativos y éticos habituales de la atención presencial, incluso en relación con la contraprestación económica del servicio prestado, y las autoridades no son responsables de la financiación o el pago de dichas actividades. cuando no sea un servicio exclusivo del Sistema Único de Salud (SUS).
Proporciona videollamadas entre pacientes admitidos en los servicios de salud que no pueden recibir visitas y sus familias.
Establece principios, garantías, derechos y deberes para el uso de Internet en Brasil.
Dispone la Política Nacional de Información e Informática en Salud (PNIIS).
Aprobada por Resolución CIT nº 19, de 22 de junio de 2017, de la Comisión Tripartita de Intergestión (CIT) y reforzada por el Plan de Acción, Monitoreo y Evaluación (PAM&A), aprobado en la 34ª Reunión Ordinaria del Comité Directivo de la Estrategia de Salud Digital el 13 de diciembre de 2019 y acordado por Ad Referendum en CIT el 30 de marzo de 2020. PAM&A permitió identificar, priorizar e integrar, de manera coordinada, programas, proyectos y acciones de salud con el fin de implementar las iniciativas que conforman The Connect SUS, un programa del Gobierno Federal que tiene la misión de materializar la Estrategia de Salud Digital de Brasil, promoviendo el apoyo a la informatización y el intercambio de información entre establecimientos de salud en los diversos puntos de la Red de Atención de Salud.
Ordenanza 467 del Ministerio de Salud Plan de acción, seguimiento y evaluación de la Estrategia de Salud Digital para Brasil 2019-2023 el que tiene por objetivo central identificar, priorizar e integrar, de manera coordinada, programas, proyectos y acciones de salud, servicios y sistemas de información y comunicación, mecanismos de financiamiento, infraestructura, gobernanza, tecnologías y recursos humanos, a fin de lograr la visión de la EDS, de la que es parte integral. La Estrategia de Salud Digital para Brasil 2020-2028 (ESD28) (Versión en inglés), acordada en la 6ª Reunión Ordinaria del CIT el 27/08/2020,y publicadaen la Ordenanza GM/MS No. 3.632, del 21 de diciembre de 2020,busca sistematizar y consolidar el trabajo realizado durante la última década, materializado en diversos documentos y, en particular, en PNIIS (2015, que estuvo en revisión durante la preparación de esD28), la Estrategia de e-Salud para Brasil (2017) y pam&a (2019-2023).
Conforme art. 5 los datos de salud son datos sensibles. Su tratamiento está previsto en la sección II de la norma.
Fascículo de Protección de Datos Personales de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales
Tipifica el delito de Intrusión de dispositivos informáticos y el de Interrupción o interrupción del servicio de información telegráfica, telefónica, informática, telemática o de utilidad pública.
Dispone la Política Nacional de Información e Informática en Salud (PNIIS).
Regula el uso de estándares de interoperabilidad e información en salud para los sistemas de información en salud en el ámbito del Sistema Único de Salud, a nivel Municipal, Distrital, Estatal y Federal, y para los sistemas del sector salud privado y complementario Dispone la Política Nacional de Información e Informática en Salud (PNIIS).
Prevé la digitalización y el uso de sistemas computarizados para el almacenamiento, almacenamiento y manejo de registros de pacientes.
Prevé el uso de la firma electrónica en las interacciones con entidades públicas, en actos de personas jurídicas y en temas de salud.
Establece la Vigilancia Sanitaria a Medicamentos, Fármacos y Insumos farmacéuticos y afines, cosméticos, desinfectantes y otros productos.
Regulamento Técnico que trata do registro, alteração, revalidação e cancelamento do registro de produtos médicos na Agência Nacional de Vigilância Sanitária - ANVISA. Alterada por: RDC 207/2006 RDC 40/2015 RDC 211/2018 RDC 340/2020 RDC 458/2020. Define al producto medico como Producto médico: Producto sanitario, como equipo, aparato, material, artículo o sistema para uso o aplicación médica, dental o de laboratorio, destinado a prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o anticoncepción y que no utiliza medios farmacológicos, inmunológicos o metabólico para realizar su función principal en los seres humanos, sin embargo, puede ser ayudado en sus funciones por tales medios. Ver Biblioteca Para Productos de Salud ANVISA https://www.gov.br/anvisa/pt-br/assuntos/regulamentacao/legislacao/bibliotecas-tematicas/arquivos/produtos
Regula el acto médico.
El médico tiene prohibido prescribir tratamiento y demás procedimientos sin examen directo del paciente, salvo en casos de urgencia o emergencia y probada imposibilidad de realizarlo, en cuyo caso deberá realizarse inmediatamente después del impedimento, así como consultar, diagnosticar o prescribir. por cualquier medio de comunicación masiva. § 1 La atención médica a distancia, en forma de telemedicina o cualquier otro método, se prestará bajo el reglamento del Consejo Federal de Medicina. § 2 Al utilizar las redes sociales e instrumentos relacionados, el médico debe respetar las normas elaboradas por el Consejo Federal de Medicina.
Conforme art. 5 los datos de salud son datos sensibles. Su tratamiento está previsto en la sección II de la norma.