Atención a enfermedades crónicas.
Sobre protección de datos personales en posesión de los particulares.
Donde se contemplan acciones de infraestructura y conectividad para el sector salud.
Establece los objetivos funcionales y funcionalidades que deberán observar los productos de Sistemas de Expediente Clínico Electrónico, que contiene disposiciones aplicables al expediente clínico electrónico, a la receta electrónica y en materia de interoperabilidad de los sistemas.
Sobre firma electrónica.
Donde se prevé la necesidad de establecer un registro específico para el equipo de salud que preste este tiempo de servicios, así como también la de establecer las reglas de etiqueta a las cuales se va a condicionar el ejercicio de la telemedicina.
Sobre protección de datos personales en posesión de los particulares., se prevé el acceso de los pacientes a sus datos.
Donde se prevé un rol protagónico del paciente en el acto telemédico, otorgándole el derecho de autonomía y determinando y fijando las condiciones de admisión y desarrollo de la consulta virtual.