Sobre lineamientos generales para la implementación y desarrollo de la telemedicina.
Agenda Uruguay Digital 2015.
Marco general de protección de datos personales.
Reglamentario de Ley N° 18.331.
Menciona la importancia de desarrollos de conectividad e infraestructura para la telemedicina.
Relativo a los mecanismos de intercambio de información clínica con fines asistenciales a través del sistema de historia clínica electrónica nacional.
Referente a la incorporación de las instituciones de salud y las personas al sistema de Ustoria Clínica Electrónica Nacional.
Sobre firma electrónica.
Artículo 467, sobre receta médica electrónica.
Al regular la prestación de servicios de telemedicina es posible considerarla como norma de habilitación.
Entre los lineamientos principales de la telemedicina se establece el derecho de autonomía y determinación del paciente.
Se considera el acceso de los pacientes a sus datos.
Entre los principios se menciona el objetivo de reducir brechas digitales, el acceso sin distinción de condiciones socio-económicas, la práctica segura de niños, niñas y adolescentes y de personas con discapacidad.